Derecho para las decisiones que definen una empresa.

Asesoramos a empresas e inversionistas, mexicanos y extranjeros, en la organización de su sociedad, en sus impuestos y en sus diferencias con la autoridad.

  • Corporativo, fiscal y administrativo
  • Del consejo preventivo al juicio
  • Asuntos en toda la República
Conocer la firma
La firma

Lo que una empresa necesita de su abogado es criterio.

En FD Abogados asesoramos a empresas en derecho corporativo, fiscal y administrativo, incluida la prevención de lavado de dinero, y las defendemos ante la autoridad. Acompañamos a nuestros clientes desde que constituyen su sociedad hasta que la reestructuran o la venden.

Somos un despacho pequeño por convicción. Conocemos cada expediente en detalle y lo seguimos después de cerrada la operación, porque muchas revisiones de la autoridad llegan años más tarde.

Transeúntes frente a un edificio corporativo mientras un hombre atiende una llamada junto a la entrada

Un mismo equipo

Lo que se prepara en la asesoría es lo que se defiende en juicio. Su asunto no pasa de mano en mano ni se entrega a terceros.

Visión completa

Al planear una operación vemos a la vez sus efectos legales, su costo fiscal y cómo la juzgaría la autoridad.

Respaldo en la ley

Cada recomendación se funda en la norma vigente y en criterios judiciales, y se la explicamos con claridad.

Vista cenital de las curules de un recinto legislativo
Áreas de práctica

En qué podemos ayudarle.

Dieciséis áreas que cubren la vida de una empresa, desde su constitución hasta sus contratos, impuestos, personal, marcas e información.

Estructura y operaciones corporativasCómo se forma, se organiza, crece y, llegado el momento, se vende una empresa.

Corporativo y societario

Constitución de sociedades, asambleas, poderes y reestructuras, con libros y documentos en orden para una auditoría, la entrada de socios o una venta.

Gobierno corporativo y empresa familiar

Reglas claras entre socios y órganos de decisión, protocolo de empresa familiar y planeación de la sucesión, para dirigir y transmitir la compañía sin conflictos.

Fusiones, adquisiciones y reorganizaciones

Revisión previa, negociación y cierre de compraventas, fusiones y reorganizaciones. La forma de la operación define los impuestos y los riesgos que pasan al comprador.

Inversión extranjera y contratos internacionales

Vehículos de inversión, Registro Nacional de Inversiones Extranjeras y contratación internacional, para inversionistas y empresas con operación transfronteriza.

Fiscal, administrativo y cumplimientoLo que la empresa debe cumplir ante la autoridad y cómo responder cuando la revisan, con las obligaciones al día y los argumentos preparados.

Fiscal federal y estatal

Planeación y cumplimiento fiscal, segunda opinión sobre estrategias fiscales, auditorías del SAT y de los fiscos estatales, PRODECON, recursos, juicios y devoluciones.

Prevención de lavado de dinero

Prevención de lavado de dinero y de financiamiento al terrorismo para quienes realizan actividades vulnerables, con alta en el padrón, avisos, manual, revisión contra listas nacionales e internacionales y capacitación.

Laboral y seguridad social

Contratos y relaciones de trabajo, obligaciones ante IMSS e INFONAVIT, REPSE y subcontratación, y defensa ante sus revisiones y créditos.

Regulatorio, ambiental y protección al consumidor

Licencias, permisos y concesiones, cumplimiento ambiental, de agua y de protección al consumidor, con defensa ante la PROFEPA, la CONAGUA, la PROFECO y autoridades locales.

Contratos, activos y financiamientoLos contratos con los que la empresa vende, compra y se financia, y la protección de sus marcas, inventos y tecnología.

Franquicias y distribución

Contrato y circular de oferta de franquicia, distribución, suministro y agencia, para crecer con terceros sin perder el control de la marca.

Contratos tecnológicos y comercio electrónico

Desarrollo y licencia de software, servicios en la nube, términos y condiciones de uso y venta en línea, con cláusulas de confidencialidad y seguridad de la información.

Financiamiento, banca y garantías

Contratos de crédito, garantías, fideicomisos y reestructura de deudas.

Propiedad intelectual e industrial

Registro y protección de marcas, patentes, diseños, secretos industriales y derechos de autor ante el IMPI y el INDAUTOR, y su licencia a terceros.

Datos personales e identidad digitalLa información de la empresa y de sus clientes, y su identidad ante el SAT, con la protección que exige la ley y la defensa cuando alguien las usa sin autorización.

Suplantación de identidad fiscal

Facturas emitidas con su RFC sin su conocimiento, uso indebido de la e.firma y restricción del certificado de sello digital. Aclaramos ante el SAT y, si hace falta, litigamos.

Protección de datos personales

Avisos de privacidad, políticas internas y medidas de seguridad conforme a la ley de 2025, y atención de las solicitudes de acceso, rectificación, cancelación y oposición.

Vulneraciones e incidentes de seguridad

Protocolo de respuesta preparado de antemano y, cuando ocurre un incidente, valoración de su alcance, aviso a los titulares afectados y resguardo de la evidencia.

Firma electrónica y archivo digital

Resguardo de la e.firma y de los sellos digitales, expediente electrónico de clientes para la prevención de lavado de dinero y conservación de documentos digitales con valor probatorio.

El trabajo con la firma

Cómo trabajamos.

Lo que puede esperar desde la primera llamada hasta que el asunto se cierra.

Manos que firman un documento sobre un escritorio
  1. Planteamiento y alcance

    Escuchamos su asunto y medimos su riesgo. Después le entregamos una propuesta escrita con lo que haremos, cómo lo haremos y en qué plazo.

  2. Atención directa

    Un abogado de la firma es su contacto en cada etapa y le informa de todo avance. Usted sabe en todo momento quién lo atiende y en qué punto está.

  3. Honorarios

    Dependen del tipo y del tamaño del asunto, y se cobran por proyecto o mediante una iguala mensual. Usted los conoce y aprueba antes de empezar.

  4. Confidencialidad

    Tratamos su información con reserva y conforme a la ley de datos personales. Usamos medios digitales seguros y, si hace falta, nos reunimos en persona.

Siluetas de figuras que avanzan juntas sobre una cubierta inclinada
Prevención de lavado de dinero

Si su negocio es actividad vulnerable.

La ley de prevención de lavado de dinero se reformó en 2025. En 2026 se publicaron reformas a su reglamento, a las reglas que la desarrollan y a los formatos de avisos. Hoy la autoridad exige más a quien vende o renta inmuebles, comercia con vehículos o joyas, otorga préstamos u ofrece otros bienes y servicios señalados por la ley. Le ayudamos a cumplir y lo acompañamos si llega una revisión.

Giros que con frecuencia están obligados

Inmuebles
  • Desarrollo y venta
  • Intermediación
  • Arrendamiento
Bienes de valor
  • Vehículos aéreos, marítimos y terrestres
  • Joyería, metales preciosos y obras de arte
Dinero y servicios
  • Mutuos, préstamos y créditos
  • Servicios profesionales
  • Activos virtuales

La lista completa está en el artículo 17 de la ley. Antes de responderle, contrastamos su actividad con esa lista.

  1. Diagnóstico

    Le decimos si su negocio está obligado, a partir de qué monto, desde cuándo y qué tiene que hacer.

  2. Alta y registro

    Alta en el portal de prevención de lavado de dinero del SAT, nombramiento del responsable de cumplimiento y actualización del registro cuando cambia el negocio.

  3. Manual y enfoque de riesgo

    Manual de políticas internas, evaluación de riesgo, identificación de sus clientes y de quién está realmente detrás de ellos, y su revisión contra listas nacionales e internacionales.

  4. Avisos y expedientes

    Presentación mensual de avisos, incluso en los meses sin operaciones, armado y resguardo de expedientes, y control de los límites para recibir efectivo.

  5. Capacitación y auditoría

    Capacitación anual de su personal y auditoría de cumplimiento para comprobar que en la práctica se hace lo que dice el manual.

  6. Visitas de verificación

    Atención de las visitas y los requerimientos de la autoridad, con el expediente en orden y los argumentos preparados desde el inicio.

Calendario de la reforma

Qué se exige y desde cuándo.

Las reglas reformadas no se aplican de golpe. Sus disposiciones transitorias fijan estas fechas, y la próxima en vencer aparece resaltada.

  1. 30 de noviembre de 2026

    Entrada en vigor

    Comienzan a regir las reglas reformadas. Las obligaciones nuevas se vuelven exigibles por etapas.

  2. 1 de enero de 2027

    Capacitación

    Inicia el primer año de capacitación del personal conforme al nuevo esquema, con evidencia de cada sesión.

  3. 1 de febrero de 2027

    Nuevo formato de alta

    Entra en vigor el formato para el alta en el padrón. Agencias aduanales y quienes operan mediante fideicomiso deberán registrarse de nuevo.

  4. 1 de marzo de 2027

    Riesgo y conocimiento del cliente

    Evaluación de riesgo, manual de políticas internas, clasificación y conocimiento del cliente, beneficiario controlador y selección de personal.

  5. Mayo de 2027

    Activos virtuales

    Quienes operan con activos virtuales y ya están en el padrón deben actualizar su información dentro de los seis meses siguientes a la entrada en vigor.

  6. 1 de junio de 2027

    Nuevos formatos y avisos por sospecha

    Todos los avisos se presentan con los nuevos formatos electrónicos, incluido el aviso dentro de las 24 horas siguientes a una sospecha.

  7. 1 de junio de 2027

    Mecanismos automatizados

    Sistemas que monitoreen y conserven la información de los actos y operaciones realizados a partir de esa fecha.

  8. Agosto de 2027

    Personas políticamente expuestas

    Queda disponible la consulta de la autoridad para identificar a personas políticamente expuestas, nueve meses después de la entrada en vigor.

  9. 1 de enero de 2028

    Auditoría de cumplimiento

    Comienza el primer año que deberá revisarse mediante auditoría, interna o externa según el riesgo de quien realiza la actividad.

Fechas conforme al Acuerdo 115/2026 de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 7 de agosto de 2026, y a las resoluciones de formatos oficiales publicadas el 24 de septiembre de 2026.

Vista de una sala de sesiones de un tribunal, con el estrado de madera y banderas de México
Litigio fiscal y administrativo

Del primer requerimiento a la última instancia.

Toda autoridad, federal, estatal o municipal, debe actuar dentro de las facultades que le da la ley. Cuando no lo hace, la empresa puede defenderse. Muchos asuntos se resuelven sin llegar a juicio, y si el conflicto continúa, lo sostenemos en cada etapa sin cambiar de firma.

Antes y durante la revisión

Diligencias de la autoridad

Acompañamiento en visitas domiciliarias, revisiones de gabinete y electrónicas, levantamiento de actas, inspecciones y requerimientos.

Segunda opinión

Revisamos la viabilidad de estrategias y figuras fiscales propuestas por otros asesores antes de implementarlas.

PRODECON

Quejas y acuerdos conclusivos ante la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente.

3

niveles de gobierno, federal, estatal y municipal

15

autoridades y organismos, además de los ayuntamientos

4

etapas de defensa, de la revisión al amparo

Litigio fiscal

SAT

Servicio de Administración Tributaria

Créditos y multas, operaciones inexistentes, devoluciones negadas, restricción de sellos, visitas exprés, embargos, deducciones rechazadas por materialidad y pérdidas fiscales.

IMSS

Instituto Mexicano del Seguro Social

Cuotas omitidas, multas, capitales constitutivos, prima de riesgos de trabajo, régimen de la construcción, no reconocimiento de trabajadores, embargos y devoluciones.

INFONAVIT

Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores

Aportaciones y amortizaciones omitidas, multas, embargos y devoluciones.

Fiscos estatales

SATQ y secretarías de finanzas de los estados

Créditos fiscales, multas, embargos y devoluciones en contribuciones estatales.

Organismos de agua

CAPA y organismos operadores

Adeudos por derechos de agua, multas y embargos.

Ayuntamientos

Tesorerías y fiscalización municipal

Contribuciones municipales, fiscalización y derechos de zona federal marítimo terrestre.

Litigio administrativo

CNBV

Comisión Nacional Bancaria y de Valores

Multas y resoluciones sancionadoras.

PROFECO

Procuraduría Federal del Consumidor

Multas, embargos y demás resoluciones en materia de consumo.

COFEPRIS

Riesgos sanitarios, federal y estatal

Multas, clausuras y suspensiones de la COFEPRIS y de los servicios estatales de salud.

PROFEPA

Con la SEMARNAT y la PPA de Quintana Roo

Multas, clausuras y resoluciones en materia ambiental, federales y estatales.

CONAGUA

Comisión Nacional del Agua

Derechos omitidos, multas y clausuras en materia de aguas nacionales.

STPS

Secretaría del Trabajo y Previsión Social

Multas y clausuras derivadas de inspecciones laborales, federales y estatales.

SICT

Con el IMOVEQROO en movilidad estatal

Sanciones y resoluciones en materia de transporte y movilidad.

Ayuntamientos

Dependencias municipales

Clausuras y multas de protección civil, ecología y demás áreas municipales.

Cualquier autoridad

Administración pública de los tres niveles

Actos de dependencias federales, estatales o municipales, centralizadas o paraestatales, que afecten a la empresa.

Cómo avanza la defensa

La ruta de un asunto.

  1. Revisión de la autoridad

    Visitas, inspecciones, requerimientos y cartas invitación de cualquier autoridad. Lo que se entrega en esta etapa define buena parte de la defensa.

  2. Recurso administrativo

    Revocación ante el SAT, inconformidad ante el IMSS o el INFONAVIT y revisión ante otras dependencias, cuando conviene agotar esta vía antes de demandar.

  3. Juicio de nulidad

    Demanda ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa o ante los tribunales contenciosos de los estados para anular el crédito, la multa o la clausura.

  4. Amparo

    Amparo indirecto contra leyes y normas fiscales o administrativas federales, estatales y municipales, y amparo directo contra sentencias desfavorables.

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En operación desde
Diciembre de 2022
Cumplimiento y prevención
Corporativo, fiscal, administrativo y prevención de lavado de dinero
Litigio
Fiscal y administrativo, ante autoridades federales, estatales y municipales
El equipo

Quienes llevan su asunto.

La firma trabaja en dos áreas que se apoyan entre sí, cumplimiento y prevención por un lado y litigio por el otro. Nuestros consejos toman en cuenta la ley y la realidad del negocio que debe aplicarla.

El área de litigio, a cargo de un abogado responsable y su equipo, lleva los recursos, juicios y amparos contra autoridades fiscales y administrativas de los tres niveles de gobierno. Cuando un asunto requiere otros especialistas, la firma coordina a notarios, contadores y peritos de confianza, y usted mantiene un solo interlocutor.

Origen

De dónde viene FD.

FD Abogados nació para dar respaldo jurídico a un proyecto de cumplimiento contable y fiscal que ya crecía con éxito. Hacía falta una firma que mirara esas mismas operaciones desde el derecho y pudiera sostenerlas ante la autoridad.

El nombre viene de su fundador, Fred Sanabria, abogado corporativo y fiscalista especializado en prevención de lavado de dinero. Cuenta con cédula profesional 15846270 y es integrante de la Asociación Nacional de Abogados de Empresa (ANADE), sección Quintana Roo.

Cómo nos gobernamos

  1. Revisión de conflictos

    Antes de aceptar un asunto verificamos que no haya conflicto con otro cliente ni relación con la contraparte.

  2. Acceso restringido

    Solo quienes trabajan en un expediente pueden consultarlo, y todos nuestros colaboradores firman acuerdos de confidencialidad.

  3. Secreto profesional

    La estrategia jurídica y lo que usted nos confía no se comparten con terceros, ni siquiera con las empresas de nuestro grupo.

  4. Asuntos que no aceptamos

    No participamos en operaciones simuladas ni en esquemas para ocultar información a la autoridad.

Contacto

Plantee su asunto.

Cuéntenos su caso por correo y le responderemos directamente.

Correo de la firma

contacto@fdabogados.mx

Para el primer contacto basta una descripción general. Los detalles los revisamos después, en una conversación reservada.

Los datos que nos envíe se tratan conforme a nuestro Aviso de Privacidad.