Corporativo y societario
Constitución de sociedades, asambleas, poderes y reestructuras, con libros y documentos en orden para una auditoría, la entrada de socios o una venta.
Asesoramos a empresas e inversionistas, mexicanos y extranjeros, en la organización de su sociedad, en sus impuestos y en sus diferencias con la autoridad.
En FD Abogados asesoramos a empresas en derecho corporativo, fiscal y administrativo, incluida la prevención de lavado de dinero, y las defendemos ante la autoridad. Acompañamos a nuestros clientes desde que constituyen su sociedad hasta que la reestructuran o la venden.
Somos un despacho pequeño por convicción. Conocemos cada expediente en detalle y lo seguimos después de cerrada la operación, porque muchas revisiones de la autoridad llegan años más tarde.

Lo que se prepara en la asesoría es lo que se defiende en juicio. Su asunto no pasa de mano en mano ni se entrega a terceros.
Al planear una operación vemos a la vez sus efectos legales, su costo fiscal y cómo la juzgaría la autoridad.
Cada recomendación se funda en la norma vigente y en criterios judiciales, y se la explicamos con claridad.

Dieciséis áreas que cubren la vida de una empresa, desde su constitución hasta sus contratos, impuestos, personal, marcas e información.
Estructura y operaciones corporativasCómo se forma, se organiza, crece y, llegado el momento, se vende una empresa.
Constitución de sociedades, asambleas, poderes y reestructuras, con libros y documentos en orden para una auditoría, la entrada de socios o una venta.
Reglas claras entre socios y órganos de decisión, protocolo de empresa familiar y planeación de la sucesión, para dirigir y transmitir la compañía sin conflictos.
Revisión previa, negociación y cierre de compraventas, fusiones y reorganizaciones. La forma de la operación define los impuestos y los riesgos que pasan al comprador.
Vehículos de inversión, Registro Nacional de Inversiones Extranjeras y contratación internacional, para inversionistas y empresas con operación transfronteriza.
Fiscal, administrativo y cumplimientoLo que la empresa debe cumplir ante la autoridad y cómo responder cuando la revisan, con las obligaciones al día y los argumentos preparados.
Planeación y cumplimiento fiscal, segunda opinión sobre estrategias fiscales, auditorías del SAT y de los fiscos estatales, PRODECON, recursos, juicios y devoluciones.
Prevención de lavado de dinero y de financiamiento al terrorismo para quienes realizan actividades vulnerables, con alta en el padrón, avisos, manual, revisión contra listas nacionales e internacionales y capacitación.
Contratos y relaciones de trabajo, obligaciones ante IMSS e INFONAVIT, REPSE y subcontratación, y defensa ante sus revisiones y créditos.
Licencias, permisos y concesiones, cumplimiento ambiental, de agua y de protección al consumidor, con defensa ante la PROFEPA, la CONAGUA, la PROFECO y autoridades locales.
Contratos, activos y financiamientoLos contratos con los que la empresa vende, compra y se financia, y la protección de sus marcas, inventos y tecnología.
Contrato y circular de oferta de franquicia, distribución, suministro y agencia, para crecer con terceros sin perder el control de la marca.
Desarrollo y licencia de software, servicios en la nube, términos y condiciones de uso y venta en línea, con cláusulas de confidencialidad y seguridad de la información.
Contratos de crédito, garantías, fideicomisos y reestructura de deudas.
Registro y protección de marcas, patentes, diseños, secretos industriales y derechos de autor ante el IMPI y el INDAUTOR, y su licencia a terceros.
Datos personales e identidad digitalLa información de la empresa y de sus clientes, y su identidad ante el SAT, con la protección que exige la ley y la defensa cuando alguien las usa sin autorización.
Facturas emitidas con su RFC sin su conocimiento, uso indebido de la e.firma y restricción del certificado de sello digital. Aclaramos ante el SAT y, si hace falta, litigamos.
Avisos de privacidad, políticas internas y medidas de seguridad conforme a la ley de 2025, y atención de las solicitudes de acceso, rectificación, cancelación y oposición.
Protocolo de respuesta preparado de antemano y, cuando ocurre un incidente, valoración de su alcance, aviso a los titulares afectados y resguardo de la evidencia.
Resguardo de la e.firma y de los sellos digitales, expediente electrónico de clientes para la prevención de lavado de dinero y conservación de documentos digitales con valor probatorio.
Lo que puede esperar desde la primera llamada hasta que el asunto se cierra.

Escuchamos su asunto y medimos su riesgo. Después le entregamos una propuesta escrita con lo que haremos, cómo lo haremos y en qué plazo.
Un abogado de la firma es su contacto en cada etapa y le informa de todo avance. Usted sabe en todo momento quién lo atiende y en qué punto está.
Dependen del tipo y del tamaño del asunto, y se cobran por proyecto o mediante una iguala mensual. Usted los conoce y aprueba antes de empezar.
Tratamos su información con reserva y conforme a la ley de datos personales. Usamos medios digitales seguros y, si hace falta, nos reunimos en persona.

La ley de prevención de lavado de dinero se reformó en 2025. En 2026 se publicaron reformas a su reglamento, a las reglas que la desarrollan y a los formatos de avisos. Hoy la autoridad exige más a quien vende o renta inmuebles, comercia con vehículos o joyas, otorga préstamos u ofrece otros bienes y servicios señalados por la ley. Le ayudamos a cumplir y lo acompañamos si llega una revisión.
Giros que con frecuencia están obligados
La lista completa está en el artículo 17 de la ley. Antes de responderle, contrastamos su actividad con esa lista.
Le decimos si su negocio está obligado, a partir de qué monto, desde cuándo y qué tiene que hacer.
Alta en el portal de prevención de lavado de dinero del SAT, nombramiento del responsable de cumplimiento y actualización del registro cuando cambia el negocio.
Manual de políticas internas, evaluación de riesgo, identificación de sus clientes y de quién está realmente detrás de ellos, y su revisión contra listas nacionales e internacionales.
Presentación mensual de avisos, incluso en los meses sin operaciones, armado y resguardo de expedientes, y control de los límites para recibir efectivo.
Capacitación anual de su personal y auditoría de cumplimiento para comprobar que en la práctica se hace lo que dice el manual.
Atención de las visitas y los requerimientos de la autoridad, con el expediente en orden y los argumentos preparados desde el inicio.
Las reglas reformadas no se aplican de golpe. Sus disposiciones transitorias fijan estas fechas, y la próxima en vencer aparece resaltada.
30 de noviembre de 2026
Comienzan a regir las reglas reformadas. Las obligaciones nuevas se vuelven exigibles por etapas.
1 de enero de 2027
Inicia el primer año de capacitación del personal conforme al nuevo esquema, con evidencia de cada sesión.
1 de febrero de 2027
Entra en vigor el formato para el alta en el padrón. Agencias aduanales y quienes operan mediante fideicomiso deberán registrarse de nuevo.
1 de marzo de 2027
Evaluación de riesgo, manual de políticas internas, clasificación y conocimiento del cliente, beneficiario controlador y selección de personal.
Mayo de 2027
Quienes operan con activos virtuales y ya están en el padrón deben actualizar su información dentro de los seis meses siguientes a la entrada en vigor.
1 de junio de 2027
Todos los avisos se presentan con los nuevos formatos electrónicos, incluido el aviso dentro de las 24 horas siguientes a una sospecha.
1 de junio de 2027
Sistemas que monitoreen y conserven la información de los actos y operaciones realizados a partir de esa fecha.
Agosto de 2027
Queda disponible la consulta de la autoridad para identificar a personas políticamente expuestas, nueve meses después de la entrada en vigor.
1 de enero de 2028
Comienza el primer año que deberá revisarse mediante auditoría, interna o externa según el riesgo de quien realiza la actividad.
Fechas conforme al Acuerdo 115/2026 de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 7 de agosto de 2026, y a las resoluciones de formatos oficiales publicadas el 24 de septiembre de 2026.

Toda autoridad, federal, estatal o municipal, debe actuar dentro de las facultades que le da la ley. Cuando no lo hace, la empresa puede defenderse. Muchos asuntos se resuelven sin llegar a juicio, y si el conflicto continúa, lo sostenemos en cada etapa sin cambiar de firma.
Antes y durante la revisión
Acompañamiento en visitas domiciliarias, revisiones de gabinete y electrónicas, levantamiento de actas, inspecciones y requerimientos.
Revisamos la viabilidad de estrategias y figuras fiscales propuestas por otros asesores antes de implementarlas.
Quejas y acuerdos conclusivos ante la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente.
niveles de gobierno, federal, estatal y municipal
autoridades y organismos, además de los ayuntamientos
etapas de defensa, de la revisión al amparo
Servicio de Administración Tributaria
Créditos y multas, operaciones inexistentes, devoluciones negadas, restricción de sellos, visitas exprés, embargos, deducciones rechazadas por materialidad y pérdidas fiscales.
Instituto Mexicano del Seguro Social
Cuotas omitidas, multas, capitales constitutivos, prima de riesgos de trabajo, régimen de la construcción, no reconocimiento de trabajadores, embargos y devoluciones.
Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores
Aportaciones y amortizaciones omitidas, multas, embargos y devoluciones.
SATQ y secretarías de finanzas de los estados
Créditos fiscales, multas, embargos y devoluciones en contribuciones estatales.
CAPA y organismos operadores
Adeudos por derechos de agua, multas y embargos.
Tesorerías y fiscalización municipal
Contribuciones municipales, fiscalización y derechos de zona federal marítimo terrestre.
Comisión Nacional Bancaria y de Valores
Multas y resoluciones sancionadoras.
Procuraduría Federal del Consumidor
Multas, embargos y demás resoluciones en materia de consumo.
Riesgos sanitarios, federal y estatal
Multas, clausuras y suspensiones de la COFEPRIS y de los servicios estatales de salud.
Con la SEMARNAT y la PPA de Quintana Roo
Multas, clausuras y resoluciones en materia ambiental, federales y estatales.
Comisión Nacional del Agua
Derechos omitidos, multas y clausuras en materia de aguas nacionales.
Secretaría del Trabajo y Previsión Social
Multas y clausuras derivadas de inspecciones laborales, federales y estatales.
Con el IMOVEQROO en movilidad estatal
Sanciones y resoluciones en materia de transporte y movilidad.
Dependencias municipales
Clausuras y multas de protección civil, ecología y demás áreas municipales.
Administración pública de los tres niveles
Actos de dependencias federales, estatales o municipales, centralizadas o paraestatales, que afecten a la empresa.
Visitas, inspecciones, requerimientos y cartas invitación de cualquier autoridad. Lo que se entrega en esta etapa define buena parte de la defensa.
Revocación ante el SAT, inconformidad ante el IMSS o el INFONAVIT y revisión ante otras dependencias, cuando conviene agotar esta vía antes de demandar.
Demanda ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa o ante los tribunales contenciosos de los estados para anular el crédito, la multa o la clausura.
Amparo indirecto contra leyes y normas fiscales o administrativas federales, estatales y municipales, y amparo directo contra sentencias desfavorables.
Navigating with You
La firma trabaja en dos áreas que se apoyan entre sí, cumplimiento y prevención por un lado y litigio por el otro. Nuestros consejos toman en cuenta la ley y la realidad del negocio que debe aplicarla.
El área de litigio, a cargo de un abogado responsable y su equipo, lleva los recursos, juicios y amparos contra autoridades fiscales y administrativas de los tres niveles de gobierno. Cuando un asunto requiere otros especialistas, la firma coordina a notarios, contadores y peritos de confianza, y usted mantiene un solo interlocutor.
FD Abogados nació para dar respaldo jurídico a un proyecto de cumplimiento contable y fiscal que ya crecía con éxito. Hacía falta una firma que mirara esas mismas operaciones desde el derecho y pudiera sostenerlas ante la autoridad.
El nombre viene de su fundador, Fred Sanabria, abogado corporativo y fiscalista especializado en prevención de lavado de dinero. Cuenta con cédula profesional 15846270 y es integrante de la Asociación Nacional de Abogados de Empresa (ANADE), sección Quintana Roo.
Cómo nos gobernamos
Antes de aceptar un asunto verificamos que no haya conflicto con otro cliente ni relación con la contraparte.
Solo quienes trabajan en un expediente pueden consultarlo, y todos nuestros colaboradores firman acuerdos de confidencialidad.
La estrategia jurídica y lo que usted nos confía no se comparten con terceros, ni siquiera con las empresas de nuestro grupo.
No participamos en operaciones simuladas ni en esquemas para ocultar información a la autoridad.
Cuéntenos su caso por correo y le responderemos directamente.
Correo de la firma
contacto@fdabogados.mxPara el primer contacto basta una descripción general. Los detalles los revisamos después, en una conversación reservada.
Los datos que nos envíe se tratan conforme a nuestro Aviso de Privacidad.